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ITE: Inspección Técnica de Edificios – Blog de tmsarquitectos

ITE: Inspección Técnica de Edificios

Desde hace años en algunas ciudades y comunidades autónomas y recientemente en muchas más, las ITEs son un fenómeno de actualidad. Surgen con la intención de tener un conocimento real y actualizado del estado del parque de edificios por parte de los Ayuntamientos y prevenir, en la medida de lo posible,  el deterioro de las edificaciones y evitar así los riesgos y accidentes provocados por la falta de mantenimiento de los mismos.

En nuestra sociedad no existe la cultura del mantenimiento. Esa en la que cada uno toma la iniciativa de mantener, de manera continuada, en las mejores condiciones su propiedad.  Es muy habitual encontrarse, al pasear por la calle, edificios de gran belleza totalmente envejecidos y en malas condiciones. Algunos de ellos son incluso peligrosos, ya que si un pequeño pedazo de su fachada se desprende, puede causar graves accidentes si desafortunadamente, cae sobre una persona que casualmente pasaba por debajo. En ocasiones, los accidentes se dan incluso en edificios cuyo estado general es bueno pero en alguna de sus partes presenta desperfectos.

Las ITE deben realizarse por un arquitecto o un aparejador (arquitecto técnico). Las revisiones deben realizarse sobre todos los edificios al alcanzar determinada edad. Esta edad, varía en función de la Comunidad Autónoma, por ejemplo en Madrid es a partir de los 30 años y en el País Vasco después de los 50 años.  Hay incluso Ayuntamientos que tienen ordenanzas propias, como el de Basauri que aprobó el pasado otoño la suya y entra en vigor en Enero de 2011. Es el primer municipio del País Vasco en tener una.

Para financiar las ITE hay alternativas muy variadas: desde el pago al 100% por parte del Ayuntamiento o Comunidad Autónoma hasta la contraria, siendo la Comunidad de Vecinos quien debe abonar la totalidad del coste. El Gobierno Vasco subvenciona la ITE hasta los 1.000€ IVA incluido.

¿Cómo se desarrolla una ITE?

La ITE es una inspección visual que pretende determinar el estado del edificio y tiene una vigencia de 10 años. Se revisan diferentes partes del edificio y podríamos resumirla en los siguientes puntos.

1. Facilitar toda la documentación existente sobre el edificio al inspector: Historial de obras, defectos o quejas de los vecinos…..

2. Acordar una fecha para la inspección del edificio. Será necesario visitar el local comercial, varias viviendas y la cubierta.

3. Cursar la inspección. Se revisan los siguientes puntos:

o    Elementos estructurales y cimentación.

o    Fachadas

o    Cubierta

o    Abastecimiento y evacuación de aguas.

           Se analiza el estado, de lo que se encuentra a la vista. Poniendo especial atención en el riesgo de elementos sobre la vía pública.

4. Redacción del informe sobre todos los aspectos revisados.

5. Elaboración de un dictamen. Se establecen una serie de conclusiones tras la redacción del informe y se determina, si fuera necesario, un plazo para las obras de reparación necesarias y el tipo de técnico necesario.

6. Entrega al cliente.  La ITE termina en este punto. Debe ser entregada en el Ayuntamiento por el cliente. El visado de la ITE es opcional.

La ITE puede resultar favorable o desfavorable. Si es favorable no es necesario realizar obras. El expediente queda archivado por el Ayuntamiento hasta la siguiente inspección dentro de diez años.

Si resulta desfavorable, deben iniciarse las obras de reparación necesarias en el plazo indicado. Al terminar las obras debe presentarse un certificado visado por un técnico en el Ayuntamiento para adjuntarlo al expediente de la ITE. Terminadas las obras comenzará a contar el plazo de diez años tras los que se deberá pasar la próxima ITE.

Para conocer con más precisión plazos y posibles ayudas es recomendable consultar en el Ayuntamiento y Comunidad Autónoma en cada caso ya que no hay un criterio único.

Para cualquier duda o aclaración no dudéis en consultarnos.

Hasta la próxima.

tmsarquitectos

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